En el mes de diciembre pasado fueron aprobadas, entre otras, las siguientes normativas:
En ambas se han producido modificaciones que afectan al año 2023, tanto en materia laboral como fiscal y de otro tipo de cuestiones. Resumimos aquellas que consideramos mas significativas:
Entrada en vigor del MEI:
Mecanismo de Equidad Intergeneracional o MEI. Se trata de una cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión.
Aumento de la base máxima de cotización de trabajadores por cuenta ajena:
Se incrementa la base máxima, que en 2023 será de 4.495,50 €/mes, lo que supone un aumento de un 8,6% respecto a 2022. Las bases mínimas de cotización serán las vigentes.
Aumento de la base máxima de cotización de trabajadores autónomos:
En 2023 entra en vigor el nuevo sistema de cotización por tramos a la Seguridad Social. En esta materia nos remitimos a nuestra anterior circular “NUEVO SISTEMA DE CALCULO DE CUOTAS DE AUTÓNOMOS”.
Revalorización de las pensiones al IPC:
Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como las de Clases Pasivas del Estado, experimentarán en 2023, con carácter general un incremento porcentual del 8,5%. Las no contributivas se revalorizan un 15%.
Nuevo tipo de gravamen reducido (23%).
El tipo general de gravamen será el 25 por ciento, excepto para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros y que no tengan la consideración de entidades patrimoniales, que será el 23 por ciento. No obstante, persiste el tipo del 15% para empresas de nueva creación.
Amortización acelerada de determinados vehículos.
Se permite la amortización acelerada (multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal de tablas) de las inversiones en
determinados vehículos eléctricos afectos a actividades económicas que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025.
Tipo reducido del 4% para productos de higiene femenina y anticonceptivos.
Aplicable a los tampones, compresas y protege slips y a los preservativos y otros anticonceptivos no medicinales (antes se aplicaba el tipo era del 10%).
Tipo reducido del 4% de IVA para mascarillas.
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la aplicación del tipo impositivo del 4 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.
Tipo del 0% para material sanitario necesario para combatir el coronavirus.
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la aplicación del tipo impositivo del 0 por ciento del IVA para este tipo de material.
Tipo del 5% de IVA para gas natural, briquetas, pellets y leña.
Con efectos desde 1 de enero de 2023 y vigencia hasta 31 de diciembre de 2023, se aplicará el tipo del 5 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña. El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estos productos será del 0,625%.
Tipo reducido del 5% del IVA para pastas y aceites.
Con efectos desde 1 de enero de 2023 y vigencia hasta 30 de junio de 2023 se aplicará el tipo del 5% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las pastas alimenticias y de los aceites de oliva y de semillas (antes se gravaban al 10% del IVA). El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,625 por ciento.
Tipo reducido del 0% para alimentos de primera necesidad.
Con efectos desde 1 de enero de 2023 y vigencia hasta 30 de junio de 2023 se aplicará el tipo del 0% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos (antes se gravaban al tipo del 4%):
Durante la vigencia de esta medida el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0%.
Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden HFP/1172/2022 mantiene para 2023 los módulos, así como para el régimen especial simplificado en los mismos términos que en el año anterior.
Interés legal del dinero:
Prórroga de los límites excluyentes del régimen simplificado y régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Se mantienen en 2023 los límites excluyentes del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA. Así se quedan los límites actuales:
Asimismo, debido a la compatibilidad entre regímenes también se prorrogan estos límites para la aplicación del método de estimación objetiva del IRPF.
Impuesto sobre el plastico
La Ley 7/2022 de 8 de abril aprobó un nuevo impuesto especial sobre residuos y contaminantes entre los que se encuentran los envases de plástico no reutilizables. Este impuesto especial entró en vigor el 1 de enero de 2023. Afecta sobre todo a los
fabricantes de estos productos y las empresas que realicen adquisiciones intracomunitarias de estos artículos.